Sextorsión en San Luis: el caso de Diego Oliveri y la justicia que demanda el futuro
- Martin Porcel
- 9 ago
- 2 Min. de lectura

1. Una causa emblemática de violencia digital
En agosto de 2025, la Justicia de la provincia de San Luis dictó un fallo histórico: Diego Oliveri fue condenado a 2 años y 3 meses de prisión efectiva por haber difundido un video íntimo de su ex pareja, la profesora de fitness Gabriela Fernández Aberastain .
2. Delitos comprobados
El tribunal, presidido por el juez Ariel (o Gustavo) Parrillis, consideró que Oliveri resultó responsable de diversos delitos en concurso real:
• distribución indebida de correspondencia
• amenazas
• lesiones leves agravadas por el vínculo y mediadas por violencia de género 
3. Una sentencia sin precedentes
Este veredicto fue calificado como “sin precedentes en la provincia de San Luis” . La víctima esperó cinco años para obtener justicia judicial, y el caso se convirtió en un símbolo del avance en la lucha contra la violencia digital .
4. La otra imputada: disculpas y reparación
El único otro imputado, Tatiana Yacarini (entonces pareja de Oliveri), fue sobreseída tras aceptar una reparación económica y ofrecer disculpas públicas a la víctima. Según su defensa, habría sido manipulada por Oliveri, y su rol fue más de víctima que de ejecutora .
5. Impacto en la víctima y su entorno
Durante el proceso, se relató el tormento vivido por la víctima y su familia. Incluso su hijo recibió el material íntimo por Instagram; por suerte, no llegó a verlo gracias al control parental . La causa visibilizó cómo la viralización de imágenes no consentidas destruye vidas, reputaciones y afecta el entorno personal y emocional.
6. Un hito para visibilizar un delito creciente
Según expertos legales, el caso visibiliza la sextorsión como una forma de violencia de género y abuso digital cada vez más frecuente. Que haya llevado a juicio y condena reafirma su relevancia jurídica y social .
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Conclusión
Este veredicto marca un paso relevante: proyecta un mensaje claro sobre que la violencia digital —especialmente la difusión de material íntimo sin consentimiento— tiene consecuencias penales graves. También abre una puerta para que víctimas de sextorsión encuentren justicia y para que la sociedad asuma que el daño digital no es menor que el físico.
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